Cuando se firma un contrato de alquiler en Argentina, los seguros son uno de los puntos que menos se discuten pero que más problemas generan cuando algo sale mal. Propietarios e inquilinos muchas veces no saben exactamente qué seguros son obligatorios, quién tiene que contratarlos y quién paga la prima.
En esta nota lo explicamos todo.

El seguro de incendio: obligatorio por ley
El único seguro que la ley argentina establece como obligatorio en todos los contratos de locación es el seguro de incendio del inmueble. Está regulado por la Ley 23.091 de Locaciones Urbanas y se mantiene vigente con la normativa posterior.
¿Quién lo contrata? El propietario. Es el dueño del bien quien tiene la obligación legal de mantener el inmueble asegurado contra incendio durante toda la locación.
¿Quién paga la prima? El propietario, salvo que el contrato establezca expresamente que la prima la paga el inquilino. Esta transferencia es válida pero debe estar explícita en el contrato. Si no dice nada, paga el propietario.
¿Qué cubre? Daños materiales al inmueble causados por incendio, explosión o rayo. No cubre los bienes del inquilino dentro del inmueble.
¿Qué pasa si el propietario no tiene el seguro? Pierde la cobertura ante un siniestro y puede enfrentar responsabilidades adicionales. En algunos casos el inquilino puede invocar este incumplimiento.

El seguro de caución: obligatorio como garantía alternativa
No es un seguro de daños — es una modalidad de garantía que el inquilino puede ofrecer en reemplazo de la garantía propietaria. Desde la Ley 27.551, el propietario no puede rechazarlo en contratos habitacionales.
¿Quién lo contrata? El inquilino. ¿Quién paga? El inquilino — entre el 3% y el 5% del alquiler anual. ¿Qué cubre? Si el inquilino deja de pagar, la aseguradora cubre al propietario y luego le reclama al inquilino.
El seguro de responsabilidad civil del edificio
En consorcios, el administrador suele contratar un seguro de RC que cubre daños que el edificio cause a terceros. No es del contrato de alquiler individual sino del consorcio, pero el inquilino debería saber si existe.
El seguro del contenido del inmueble: no obligatorio pero recomendable
El seguro de incendio del propietario cubre el inmueble, no lo que hay adentro. Si hay un siniestro y el inquilino no tiene seguro propio, pierde sus pertenencias sin cobertura. El costo es relativamente bajo comparado con el valor de los bienes que protege.
Cómo registrar las pólizas en SimpleProp
En SimpleProp podés cargar las pólizas de seguro de cada inmueble en el módulo de documentación del contrato y configurar alertas de vencimiento. Si hay un siniestro, la información está disponible en segundos.
Preguntas frecuentes
¿El inquilino puede exigir ver la póliza del seguro de incendio?
Sí. Es razonable pedir una copia al inicio del contrato. El propietario debería poder presentarla.
¿Qué pasa si el seguro vence durante el contrato y no se renueva?
El propietario queda en incumplimiento. El inquilino puede intimarlo y, si no regulariza, alegar incumplimiento contractual.
¿El seguro de caución cubre las expensas impagas?
Depende de la póliza. Algunas coberturas incluyen solo el alquiler, otras suman expensas.
¿Puedo contratar el seguro de incendio yo como inquilino y descontarlo del alquiler?
Solo con acuerdo previo del propietario. Actuar unilateralmente puede generar conflictos.
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